Protecciones contra el desalojo

¿Está usted enfrentando un desalojo o amenazas de desalojo? ¡NO esta sole! ¡NO SE SALGA de su hogar hasta que se haya enterado de sus derechos como inquiline! ¡Deje que esta información le dé el poder para quedarse en su hogar! ¡El miedo nos hace más débil, pero nuestros derechos y nuestra comunidad nos hace mucho MAS fuerte!   
 
Si su propietario está intentando desalojarle sin una orden judicial (los documentos de la corte suelen tener palabras como “summons,” “complaint” y “unlawful detainer” en inglés), QUEDESE en su hogar. Todos los desalojos deben pasar por todo el proceso legal. Después de una decisión en la corte, la única persona que le puede sacar de su hogar físicamente es el alguacil, no el propietario. 
 

¡Conozca sus derechos como inquiline! ¡Quédese en su hogar!

 
Descargue su propia copia de nuestro volante "Conozca sus derechos - Desalojos" AQUI y compártalo con cualquier persona que necesite esta información! 
 

¿Cuáles protecciones hay después del 30 de septiembre de 2021 (el último día de las protecciones contra el desalojo por el COVID-19) si aún no puedo pagar la renta? 

LOS INQUILINES NO TIENEN QUE SALIRSE DE SU HOGAR INMEDIATAMENTE CUANDO RECIBEN UN AVISO DE DESALOJO. Después del 30 de septiembre de 2021, las protecciones contra el desalojo por no pagar la renta dependerán en si han solicitado al Programa de Emergencia de Asistencia Financiera de la Renta (ERAP) y el estatus actual de la solicitud.  
 
¡Hágase estas preguntas para aprender sobre sus protecciones contra el desalojo dependiendo del estatus actual de su solicitud de ERAP! 
En resumen... 
  • ¡Si ya solicito a ERAP, tiene el derecho de quedarse en su hogar! La corte no procesara el desalojo hasta que haya una decisión en su solicitud de ERAP. Para revisar el estatus de su solicitud de ERAP, tendrá que entrar a la misma plataforma que uso para entregar su solicitud AQUI.
    • ¿Le gustaría saber por qué están tardando tanto en procesar su solicitud? Desafortunadamente, muchos inquilines están enfrentando los mismos tiempos de espera muy largos. Vea todas las etapas de una solicitud de ERAP AQUI
  • Si NO ha solicitado a ERAP y recibe un aviso de desalojo, tendrá 15 días hábiles a partir de la fecha para solicitar a ERAP y parar el desalojo. 
  • Independientemente de si haya recibido un aviso de desalojo o no, si ha tenido dificultad para pagar la renta u otras facturas de abril de 2020 a diciembre de 2021, debe solicitar lo más PRONTO posible en bit.ly/ca-pagar-la-renta o puede llamar a 833-430-2122!
    • Debe anticipar tiempos de espera muy largos si intenta ponerse en contacto con ERAP por teléfono. Si le gustaría comunicarse con organizaciones aliadas en su área en lugar del centro de llamadas estatal, busque su condado y organizaciones aliadas en bit.ly/erap-org-aliadas
 

Mi propietario me entrego un aviso de desalojo 3 días por no pagar la renta. ¿Qué debo hacer para que no me desalojen? 

Si recibe un aviso de desalojo escrito por no pagar la renta, siga los siguientes pasos lo más pronto posible.  
  1. Solicite asistencia financiera de emergencia de la renta (ERAP) dentro de 15 días hábiles de haberlo recibido si aún no lo ha hecho en bit.ly/ca-pagar-la-renta o puede llamar a 833-430-2122!
  2. Después de solicitar a ERAP, avísele a su propietario por escrito y por correo certificado con los meses que solicito y la cantidad de renta que solicito. Use nuestra plantilla para avisarle a su propietario de su solicitud pendiente de ERAP en bit.ly/pending-erap-letter.
    • Tómele una foto del documento antes de entregárselo para guardar una copia. 
  3. Debe entregar una “Declaración de Dificultades Financieras por el COVID-19” por todos los meses que se ha visto afectada de COVID-19 de cualquier forma, por ejemplo, enfermedad, reducción de ingresos, aumento de cuidado de niños y por eso no podía pagar la renta. Regrese la declaración firmada por correo certificado al propietario dentro de 15 días hábiles de haberlo recibido.
    • Tómele una foto del documento antes de entregárselo para guardar una copia.
  4. Guarde TODA la documentación del aviso de desalojo y comunicación con el propietario – esto incluye mensajes de texto, correos electrónicos, recibos de los meses de la renta que ya pago y cualquier otra carta que haya recibido sobre la renta atrasada.
Aprenda más sobre las protecciones contra el desalojo en la página web de ERAP directamente AQUI.  
 
 
 

¿Cuáles protecciones hay para otros tipos de desalojos? 

Después del 30 de septiembre de 2021, solo ciertos inquilines en California están protegides bajo las protecciones de desalojo de causa justa. Protecciones de desalojo de “causa justa” previenen desalojos injustos porque limitan los motivos que puede usar el propietario para desalojar a inquilines. Los propietarios tienen que poner un motivo razonable de “causa justa” en el aviso de desalojo escrito para que sea válido.  
 
¡Hágase estas preguntas para saber si cuenta con protecciones de causa justa estatal! 
  • Si cuenta con protecciones de causa justa estatal, solo puede ser desalojade por ciertos motivos. ¡Lea más detalles en la infografía de “Motivos de desalojo validos bajo causa justa” a continuación! 
  • Si NO cuenta con protecciones de causa justa estatal, puede que este protegide bajo causa justa local dependiendo en donde vive.
    • Para saber si cuenta con estas protecciones locals, favor de buscar asesoría legal buscando su condado AQUI

  • OJO: “Vender la propiedad NUNCA es un motivo de desalojo de causa justa valido a menos de que la propiedad se convertirá en algo que ya no sea para rentar, como un centro comunitario (porque lo tienen que quitar del mercado del alquiler completamente para que sea un desalojo valido de la Ley de Ellis). ¡Cambiarse de propietario NO es suficiente!
    • Si recibe un aviso de desalojo con este motivo, conteste al propietario con esta carta.  
 
 

¿Qué pasará con la renta atrasada por el COVID-19 (los meses de marzo de 2020 a septiembre de 2021)?  

Su propietario SI puede...  
  • Decidir llevarle a una corte de pequeños reclamos (NO es una corte de desalojos) para recuperar la renta atrasada por el COVID-19 a partir del 1 de noviembre de 2021.
    • La renta atrasada se convertirá en deuda del consumidor, lo que quiere decir que esta renta atrasada NUNCA puede ser el motivo para desalojarle, pero es posible que afecte su capacidad crediticia dependiendo del resultado de la corte.
  • Vender su deuda de la renta por el COVID-19 a una agencia de cobranza solo si NO cumple con los requisitos del Programa de Emergencia de Asistencia Financiera de la Renta (ERAP).
    • Si es que SI cumple con estos requisitos, nunca se podrá vender la deuda a una agencia de cobranza! 
 
Su propietario NO puede... 
  • Desalojarle fuera del proceso legal, aun si llaman a la policía.
    • Esto se conoce como un cierre ilegal. 
  • Cobrar un cargo adicional por no pagar la renta a tiempo.
  • Usar su depósito de seguridad para la renta atrasada. 
  • Usar la renta atrasada como un factor negativo para negarle el arrendamiento a un inquiline que estaría elegible para rentar de otra manera.
  • Darle un aviso de desalojo de “Pay o Quit” de 3 días sin darle 15 días hábiles para solicitar asistencia financiera de emergencia de la renta (ERAP).  
 

Recursos relacionados al desalojo para inquilines  

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